Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1854-1856 (Cortes Constituyentes de 1854 a 1856)
Sesión: 15 de febrero de 1856
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 313, 10.776 a 10.779
Tema: Bases de la ley electoral

El Sr. SAGASTA: La cuestión que envuelve la enmienda que en unión de otros seis Sres. Diputados tengo la honra de someter a la deliberación de las Cortes, no es cuestión de personas, no es cuestión de empleos, sino cuestión de principios de la más elevada importancia. Las leyes de los tiempos modernos tienden en todos los pueblos a procurar para todos el principio de la igualdad en el terreno de los méritos, de los servicios y de la moralidad. La legislación de los tiempos modernos tiende a hacer desaparecer las vallas que existían dividiendo al parecer las clases de la sociedad; y debe ser en efecto, puesto que todas esas clases concurren de la misma manera al desarrollo de la riqueza pública y al máximun de la felicidad de los pueblos. Sí, señores; lo mismo concurre a ese fin el agricultor que el industrial, que el comerciante, que el abogado, que el empleado, y hasta el militar; y hasta tal punto es esto así, que si falta cualquiera de esas clases, la sociedad languidece y desaparece por completo.

Si hacéis abstracción del comerciante, el cambio deja de existir, y sin el cambio no hay sociedad. Suprimid al funcionario público, y no se concibe la administración, y sin administración no hay gobierno, y sin gobierno la sociedad es un caos. Y hasta el militar, considerado bajo este punto de vista, hasta el militar, que parece la clase parásita, no contribuye menos que las demás clases al desarrollo de la riqueza pública; y si no lo hace de una manera visible, directa, lo hace indirectamente en cuanto contribuye a procurar la seguridad, a cuya sombra el agricultor, el comerciante, el abogado, el funcionario público, cada uno en su esfera de acción, pueden aplicar sus facultades morales o científicas al progreso de la humanidad. Ahora bien; si todas esas clases contribuyen igualmente al desarrollo de la riqueza pública, y al bienestar de las Naciones, todas ellas están en el caso de que se les concedan los mismos derechos y que se les impongan los mismos deberes y obligaciones. Así lo han comprendido los pueblos y las Naciones, y para fortuna suya han entrado en el verdadero camino de la civilización, y esta es la tendencia manifiesta de las respectivas legislaciones.

Sentados esos principios generales que convienen a mi propósito, volvamos la vista a la cuestión especial que nos ocupa.

Una vez determinado cuál haya de ser el cuerpo electoral, a dos medios pueden reducirse todos los que conducen a la elección de los que han de ser Diputados a Cortes. Consiste el primero en exigir de los elegibles, aparte de la capacidad que pudiéramos llamar legal, aparte del completo goce de los derechos de ciudadanía (que esos se exigen siempre, cualquiera que sea el medio que se adopte), consiste, digo, en exigir otra cierta capacidad que en último resultado viene a convertirse en una cantidad pecuniaria, y que tomará la fórmula de una parte del beneficio que el elegible goce, ya por la industria, ya por la ciencia, ya por el arte, ya por la profesión; beneficio que es la renta en el propietario, en el capitalista el interés, los honorarios en el abogado, el sueldo en el funcionario público. Bajo este punto de vista, el sueldo del funcionario público es el interés del capitalista, la renta del propietario.

La propiedad del funcionario público consiste en sus facultades intelectuales, aplicadas, ya en su ramo, ya en otro de la administración. Si hasta ahora no se ha comprendido así al funcionario público, cúlpese de ello a la arbitrariedad, al abuso, no a lo que ha debido [10.776] y debe suceder. Precisamente por no haber comprendido así el funcionario, es por lo que no tenemos, ni tendremos en mucho tiempo desgraciadamente, aparte de honrosas excepciones, buenos funcionarios públicos. Por no haber comprendido de esta manera al funcionario, es por lo que no hemos tenido ni tendremos en mucho tiempo una administración activa, inteligente, para todos respetable, por todos respetada. Pero si el abuso y la arbitrariedad, y no otra cosa, ha podido introducir en esa clase del Estado, tan importante como cualquiera otra, porque es igualmente necesaria, un carácter que no es el que debe tener, deber es de los Gobiernos y de los legisladores hacer que ese carácter desaparezca, dándole el que debe tener, considerándola como a otra cualquiera clase de la sociedad, tan productiva como otra cualquiera, tan necesaria, tan provechosa como cualquiera otra.

Pues bien; si el primer medio se adopta, es claro que la cantidad que como capacidad se exige para ser elegible debe ser la misma, ya se trate de la renta del propietario, ya del interés del capitalista, ya de la ganancia del abogado, ya del sueldo del funcionario público.

El segundo medio a lo que, como he dicho, pueden reducirse todos los que contribuyen a la elección de los que han de venir a representar al país, consiste en no exigir otra capacidad al ciudadano que la que hemos llamado antes legal. Suponiendo que el elegible la adquiera desde que por la capacidad del elector es llamado a representar a su país, creo que si no se exige cantidad ninguna como capacidad para ser elegido Diputado, tampoco debe exigirse a los propietarios, industriales y funcionarios públicos. Si a la clase de funcionarios se les exigiesen otras circunstancias que las que se exigen a los demás, esto equivaldría a hacer de peor condición a esta clase que a las demás del Estado; esto equivaldría a aumentar el desprestigio que el abuso y la arbitrariedad han echado sobre esta clase, y no tanto en perjuicio de los individuos que la componen, como en daño de la sociedad.

Es verdad, señores, que el funcionario público parece que se encuentra en una situación excepcional respecto de las demás clases del Estado. El funcionario público, por el mero hecho de serlo, sirve al Estado, pero le sirve en un puesto que tiene remuneración. Cuando ese funcionario público es llamado a representar a su país, no hace más que variar de servicio; en lugar de servir al Estado de un modo, viene a servirle de otro; pero el segundo medio no está remunerado, y por lo tanto parecía lógico y natural que el funcionario público, al entrar por las puertas del Congreso, en ellas dejará su sueldo, ni más ni menos: aquí hay sistema, aquí hay plan, aquí hay lógica. Estas son mis convicciones: manifestadas las tengo aquí. Los señores Diputados recordarán que cuando al principio de la legislatura se trató de la incompatibilidad del cargo de Diputado con el de funcionario público, no sólo voté en este sentido, sino que hice más: hice todo lo que puede hacer un Diputado: levantar mi débil voz en apoyo de aquellas opiniones.

Entre tanto, aquellas opiniones buenas o malas, aquellas opiniones que antes como ahora son las mías, aquellas opiniones, Sres. Diputados, fueron desechadas por vosotros, y desechadas por una inmensa mayoría. Volverlas a traer aquí a discusión, no sólo sería inoportuno, sino que sería ofensivo a vuestra dignidad, porque esto equivaldría a pretender que fueseis hoy a acordar precisamente lo contrario de lo que ayer decidisteis después de largas y detenidas discusiones: y cuenta, Sres. Diputados, que cuando vosotros desechasteis estas mis opiniones, se trataba de vosotros mismos, pues se trataba de los Diputados que ahora nos sentamos en estos escaños. ¿Cómo las habéis de admitir ahora, cuando tratamos de los que nos van a suceder, de los que han de venir tras nosotros? Obrar así sería ofender vuestra propia dignidad, vuestro propio decoro.

Desechadas, pues, mis opiniones; desechada la enmienda que presenté para que el funcionario público al entrar por las puertas del Congreso dejase su sueldo, y desechada, repito, por una inmensa mayoría, se halla esto fuera de discusión, y por lo mismo no hay para qué ocuparnos de ello.

Al funcionario público no se le puede exigir más que lo que se exige a otro ciudadano español; no se puede hacer de peor condición a esa clase que a las demás de la sociedad.

Pero me dirá la Comisión: " yo no exijo al funcionario público más que lo que exijo a cualquiera otro ciudadano. El funcionario público puede ser Diputado; pero al funcionario público le digo yo: tienes facultad para elegir entre el cargo de Diputado y el destino que desempeñas." Señores, es necesario no hacerse ilusiones. Pues qué, ¿se pretende acaso que el funcionario público encanecido en el servicio del Estado, que a fuerza de tiempo y sacrificios ha llegado a adquirir un sueldo pequeño o grande, pero que no se puede dedicar a otra cosa, que es lo único con que cuenta para sostener a su familia y educar a sus hijos, se pretende, digo, que ese funcionario público abandone en un día ese sueldo que ha venido acumulando a fuerza de tiempo y a costa de tantos sacrificios, arrojándolo por la ventana para venir a representar al país, porque el país ha tenido por conveniente elegirle?

Pero hay más todavía. Hay ciertas carreras en el Estado, hay ciertos funcionarios públicos en quienes concurren circunstancias especiales. En este caso se encuentran los cuerpos facultativos. Esos cuerpos se dedican a estudios especiales; y dicho sea de paso, los estudios especiales a que se dedican son la bella conquista de los tiempos modernos, porque constituyen el desarrollo y los adelantos de los pueblos. Los individuos que se dedican a esos estudios especiales, y en el mero hecho de dedicarse a ellos sirven solo al Gobierno y no a los particulares, esos individuos no pueden hacer dimisión de su cargo, no pueden dejarlo, porque si uno hace dimisión, le contesta el Gobierno: yo te he dado esa carrera para que me sirvas, porque yo solo soy el que tengo ese ramo de la riqueza; sírveme, pues, y me servirás mientras yo te necesite.

Pero hay más todavía: yo tengo que hacer aquí una declaración muy importante. Yo me encuentro en uno de esos casos. Yo vendré aquí cuando el país me nombre su Representante. ¿Sabéis lo que tengo que hacer para venir aquí? Vendré, haré dimisión de mi cargo. Si el Gobierno no me la admite, le diré: si no me la admites de grado, me la admitirás por fuerza, porque me cruzaré de brazos y no te obedeceré en nada. ¿Y sabéis, Sres. Diputados, por qué yo cometeré la falta de desobedecer al Gobierno? Os lo voy a decir.

El que cómo yo se ha dedicado a estudios especiales; el que como yo se ha dedicado a seguir una carrera que no es menos costosa que cualquiera otra de la sociedad, que no es tampoco menos importante, no [10.777] puede aplicarse a la industria particular, porque la industria particular no se ha apoderado todavía de ramo vastísimo: tengo, por consiguiente, que dedicarme solo a servir al Estado; y si por esto se me privase del gran deseo que tengo de venir aquí a representar a mí país cuando quiera que este me nombre, sería tanto como imponerme un castigo, tanto como privarme de un derecho que se da hasta al último ciudadano, si es que entre los ciudadanos hay primeros y últimos. Pues bien; yo lo declaro desde ahora: entre el castigo que se me impondría privándome del sueldo si admitía el cargo de Diputado, y la falta que cometería renunciando mi destino ante el Gobierno, optaría mil veces por cometer la falta consistente en no servir a este.

A esta alternativa se nos obliga por la base 9ª; y si no se trata de modificarla en el sentido de esta enmienda, esa base es la casi prohibición de que vengan aquí funcionarios públicos.

¿Qué se exige a los funcionarios públicos, a esa clase que es necesario mirar de aquí en adelante como a las demás de la sociedad? Una circunstancia extraordinaria que no se exige a las demás del Estado, con lo cual se quebranta el principio de igualdad que debe de haber para todos los derechos civiles y políticos en todas las clases. Pero todavía comprendería yo esto, si fuese un sistema, si la incompatibilidad fuese absoluta como se establecía en el voto particular del Sr. Navarro; pero aquí no sucede así; aquí la alternativa no pesa sobre todos los funcionarios públicos, puesto que hay algunos privilegiados, estableciéndose una aristocracia que rechaza no solo nuestra legislación, sino la de todos los pueblos que han entrado en el camino de la civilización. Cuando la tendencia general se dirige hoy a establecer la igualdad en todas las clases; cuando nosotros hemos destruido un Senado que el país recordará con gusto, un Senado que ha prestado servicios de grandísima importancia, y sin embargo lo hemos destruido porque estaba fundado en principios de privilegio, ¿es posible que vayamos a establecer ahora otra aristocracia, otros privilegios?

Pero dice la Comisión: yo hago la excepción a favor de los funcionarios que puedan cumplir los dos cargos a la vez, el de Diputado y el de funcionario público. Y yo digo a mi vez que no es exacto, porque la excepción no comprende sólo a funcionarios que viven en Madrid, sino a funcionarios que viven fuera, que viven muy lejos de la Corte.

Pero aún limitándonos a los funcionarios públicos de Madrid, a los altos funcionarios públicos, a favor de los cuales se hace la excepción, pregunto: ¿pueden desempeñar los dos cargos? ¿Pueden desempeñarlos lo mismo que los demás? El cargo de Diputado, si se ha de cumplir como es debido, absorbe todo el tiempo, de tal manera que es imposible dedicarse a otra cosa. Pues qué, ¿el cargo de Diputado consiste únicamente en pasar aquí cuatro o cinco horas de sesión todos los días, en pronunciar un discurso cada mes o cada dos meses, y en emitir su voto cuando llega el caso? No, señores; este es el menor trabajo de los que tiene el Diputado. El cargo de Diputado consiste además en asistir constantemente a las Comisiones para examinar los diferentes proyectos que aquí se traen, y en estudiar detenidamente las leyes que de aquí han de salir, leyes de que al fin y al cabo depende la felicidad o la desgracia de la Patria. El cargo de Diputado exige además el ir a los Ministerios frecuentemente a activar aquellos expedientes de que depende la prosperidad o la desgracia de la provincia que se representa; el cargo de Diputado consiste, por último, en estar en correspondencia con las Diputaciones provinciales, con los Ayuntamientos, con las personas influyentes de la provincia que se representa, para estar al alcance de las necesidades de la misma, así como de las variaciones que ocurran en la política, para que no suceda que el Diputado vaya por un lado y sus representados por otro. Y si esto es así, Sres. Diputados; si para el cargo de Diputado se necesita todo eso, ¿qué tiempo le ha de quedar después para desempeñar un destino? Pues lo que digo del Diputado, lo digo del alto funcionario del Estado. ¿No habéis visto vosotros alguna vez las Direcciones? ¿No habéis visto el cúmulo de negocios que pesa sobre cada uno de esos funcionarios, pues se ven privados hasta de dar audiencia, cosa tan necesaria, porque el despacho de los negocios los abruma, no dejándoles momento de reposo? Preciso es que se convenga, señores, en que si han de desempeñar bien ambos cargos, es necesario dedicarse a uno sólo, pues dedicarse a los dos es no poder desempeñar ni uno no otro.

Pero aun la excepción sería lógica si se tratara de todos los empleados de Madrid, y no es así: la excepción se contrae a funcionarios de cierta categoría, como si hiciese menos falta el alto funcionario que el funcionario de menos categoría, y no es así: el funcionario de menos categoría solo representa su individualidad, su personalidad, mientras que el jefe representa la suma de las personalidades y su influencia en los trabajos de la oficina a que corresponde; por consiguiente, si se hubiese de establecer alguna excepción en esto, sería en sentido contrario a como se establece.

Se dirá acaso que esto se establece porque no conviene que vengan Diputados de corto sueldo. A esto diré que el Diputado, en el momento que entra por esas puertas y toma asiento en el Congreso, es igual el que tiene más sueldo al que tiene menos; aquí el Diputado deja su personalidad, su individualidad; aquí no es empleado de poco ni de mucho sueldo; aquí no es comerciante, ni industrial, etc.; aquí no es más que un Diputado que representa al país; lo contrario es no querer comprender las prácticas parlamentarias, es no querer entrar en el buen camino constitucional. Cuando un Diputado se levanta aquí a hacer una oposición al Gobierno si lo cree conveniente, o apoyarle si cree que merece su apoyo, no es la individualidad la que le apoya o le hace la oposición, es el Diputado que representa una provincia en particular y toda la Nación en general: fuera de aquí, va a ocupar en la escala social el puesto que le está asignado.

Pero, señores, ¿a qué extremo nos conduciría ese principio si lo aprobásemos? Contrayéndonos, por ejemplo, a la clase militar, no basta que el elector busque en sus individuos el valor, las virtudes, el patriotismo y la inteligencia. Nada de eso basta; es además necesario tener unas mangas adornadas con entorchados y que vea el elector un magnífico uniforme. No basta que se cuenten los servicios del militar por el número de batallas, por la sangre en ellas derramada; es necesario que haya una faja con borlas de oro, y que se adornen las mangas como he dicho, aun cuando ese uniforme, esa faja y ese entorchado hayan podido adquirirse en las perfumadas antesalas de Palacio o en el dorado despacho de un Ministro. Principios semejantes no pueden admitirse nunca, no digo yo por el partido progresista, sino por ningún partido. [10.778]

Esto en cuanto se refiere a los principios. Vamos a ver ahora si la base, tal como está redactada, lo ha sido por circunstancias de aquellas que hacen a veces separarse de los buenos principios que deben tenerse presentes en todas las legislaciones de un país, ateniéndose más principalmente a los de conveniencia política. ¿Será conveniente que de una plumada excluyamos clases numerosas e importantes de la sociedad? ¿Será conveniente que digamos que las clases militares de brigadier abajo no pueden venir aquí, a no ser con el sacrificio de dejar sus carreras y de abandonar todos sus derechos adquiridos? Todas las leyes más o menos liberales, todos los Parlamentos os han tenido abiertas sus puertas, y el Parlamento en que domina en partido progresista os la cierra herméticamente.

Yo creo que el ejército defenderá siempre lo que aquí hagamos; pero ¿con qué convicción va a defender unas leyes que le quitan un derecho que todas las demás le han concedido? ¿Con qué fe defenderá unas leyes que le excluyen de este sitio, quitándole el derecho más precioso que tienen los ciudadanos?

¡Ah, señores! La Comisión, recordando sin duda los tiempos aciagos en que Congresos ilusos seguían en su fatal carrera a Gobiernos inmorales, ha querido, llevada de buenas intenciones (porque yo conozco las de todos sus individuos, y me honro con su amistad), evitar que vengan aquí los funcionarios públicos, creyendo que estaba en ellos el mal; pero no ha tenido presente que aquellos Congresos no se componían sólo de empleados, sino que había personas de esas que se dicen independientes por tener sus propiedades en tierras o casas. Recuérdense las grandes cuestiones de los Parlamentos, y véase quiénes son las que las han resuelto. ¿A qué restringir la libertad del elector para que vengan aquí los funcionarios públicos? Pues qué, ¿no recordáis cómo ajustaban la elección como si fuese mercadería, esas personas mismas que se llaman independientes porque tienen sus propiedades en casas o en tierras?

Si el Gobierno no puede traer aquí funcionarios públicos porque la ley se lo prohíbe, ¿sabéis lo que traerá si el Gobierno es inmoral? Un Congreso de peor naturaleza, un Congreso de pretendientes que como alanos se estará acechando la presa prometida, y ¡ay de aquel día! La lucha será terrible, y serán a su vez terribles las consecuencias para la Administración y para la sociedad. terribles las consecuencias para la Administración y para la sociedad.

Señores, hemos querido hacer una ley liberal y errando el camino la hemos hecho restrictiva. Muchas veces habéis ocupado estos escaños, y los habéis ocupado con dignidad, con independencia, con moralidad. Pues bien; ya no podéis venir aquí. Vosotros, magistrados que habéis encanecido prestando servicios al Estado, que habéis tenido que seguir una carrera, que habéis invertido en ella un capital, si queréis venir aquí es menester que abandonéis esa profesión, que dejéis sin sustento a vuestros hijos. El Sr. Luxan no se sentaría hoy en el banco ministerial, ni hubiera podido levantar su voz como lo ha hecho, siempre con dignidad, con independencia, ¿sabéis por qué? Por el grave delito de no tener cuando vino a este sitio más que dos galones sobre la manga de su levita.

La conveniencia política, como los buenos principios por que se rige toda sociedad, buenos principios que no deben olvidar nunca los legisladores, quedan satisfechos con la enmienda que he tenido el honor de presentar, no estableciendo más incompatibilidad que aquella que es necesaria para que los funcionarios públicos no puedan influir en la elección; la de que los funcionarios públicos que ejercen mando en una provincia no pueden ser elegidos por la misma. En lo demás, libertad amplia al elector; elija él a quien tenga por conveniente. Aquí hemos admitido un principio, y es necesario que no nos separemos de sus consecuencias: el partido que sienta un principio y se separa de sus consecuencias, no es partido de principios; es un partido de absurdo, de contradicción, y no puede ni debe regir los destinos del país.

Señores Diputados, aprobad la enmienda que propongo, porque en ella están incluidos los buenos principios y en ella se consulta la conveniencia del partido; pero no os acordéis de que pueden venir aquí Gobiernos inmorales que después falten a esos principios; no os acordéis de eso, porque sería tanto como condenar el uso por temor del abuso; sería tanto como destruir la regla general por temor a la excepción. No os acordéis de eso; no faltéis vosotros por temor de que falten los demás: si en lo sucesivo cometen faltas Gobiernos inmorales, ellos encontrarán su merecido.



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